Si has empezado a realizar una actividad por cuenta propia, seguramente hayas estado buscando información para saber todo lo relacionado con darse de alta en autónomos y una de las primeras preguntas que te habrás hecho, seguramente sea…
¿Hay un límite de ingresos para darme de alta como autónomo?
Hemos leído en muchos blogs o escuchado a emprendedores que hay límites para darse de alta como autónomo, poniendo el marcador habitualmente en el Salario mínimo Interprofesional (SMI), sin embargo, esto no es cierto.
Para la Seguridad Social, una persona debe darse de alta como autónomo cuando realizas de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo.
Es en ese matiz de la habitualidad y la facturación donde siempre se ha intentado aplazar el alta. Aunque cada caso es distinto nuestra recomendación es hacer las cosas bien desde el principio.
Existe jurisprudencia que juega a favor para los empresarios individuales que no se han dado de alta y que facturan menos del SMI, esto no quiere decir que todos los casos sean favorables ya que no es una normativa y queda supeditada a la interpretación.
¿Hay algún requisito específico para darse de alta como autónomo?
Antes de comenzar con los pasos para darse de alta como autónomo cabe destacar los requisitos. Te explicamos que condiciones deben darse para empezar con el proceso sin problemas:
- Desarrollar una actividad económica a título lucrativo y por cuenta propia.
- Desarrollar esta actividad sin depender de la dirección de otros.
- Realizar la actividad de manera habitual, como una fuente de ingresos secundaria o principal y emitiendo facturas por ello.
- Darte de alta en el censo de actividades económicas de Hacienda.
- Darte de alta en el RETA de la Seguridad Social.
- En el caso de ser extranjero necesitarás el permiso de residencia y el permiso de trabajo por cuenta propia.
Además, al darte de alta en autónomos debes conocer las siguientes especificaciones:
- Los autónomos pueden cambiar hasta 4 veces al año su base de cotización
- Puedes cursar el alta y la baja de autónomo hasta 3 veces al año
- Las cuotas mensuales se empezarán a pagar a partir del día del alta en autónomos
Documentación necesaria para el alta de autónomos
A continuación, te detallamos la documentación necesaria para poder realizar el alta en autónomos:
Para la Seguridad Social:
- DNI, Tarjeta de extranjería o Pasaporte
- Tarjeta de la Seguridad Social
- Permiso de trabajo para trabajadores de nacionalidad extranjera
- Copia u original de tu alta en Hacienda
Para Hacienda:
Una vez que hayas realizado el alta en la Seguridad Social, debes darte de alta en Hacienda presentando el modelo 036 o el modelo 037. Ambos incluyen tus datos personales, detalles de la actividad, dirección física y obligaciones tributarias.
Pasos para darse de alta como autónomo
⚠ ¡Atención! Hoy en día puedes darte de alta en autónomos de manera online, para ello, tienes que obtener un Certificado Digital, Clave Permanente o la Cl@ve PIN. Antes de comenzar con cualquier trámite en una página web del estado es imprescindible que obtengas estos certificados.
Una vez que ya conoces los requisitos y la documentación te explicamos los trámites para darte de alta como autónomo:
El proceso es muy sencillo, nuestra recomendación es que realices los trámites de forma online, lo que te permitirá agilizar los trámites y empezar tu actividad antes que mediante la presentación del papeleo presencial. En Fiscaliti somos punto PAE (Portal de Atención al Emprendedor) por lo que podrás delegar en nosotros todo el proceso de alta con sólo facilitarnos tus datos.
Ahora bien, si quieres comenzar este procedimiento por tu cuenta te contamos como hacerlo:
¿Cuáles son los pasos para darse de Alta como autónomo por primera vez?
1. Alta en la Seguridad Social (RETA)
El primer paso para ser autónomo es darse de alta en la Seguridad Social en lo que se conoce como Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Debes estar atento a los plazos ya que en la última ley del 1 de enero de 2018 tienes un plazo de 60 días antes del inicio de actividad.
Durante el proceso te recomendamos tener a mano toda la documentación que te hemos indicado en el apartado requisitos. Algunos de los datos que deberás introducir para darte de alta en el RETA son domicilio de actividad y residencia, datos de contacto, condiciones del trabajador, datos de la actividad, base de cotización, etc.
Este trámite lo puedes hacer desde este enlace.
2. Alta en Hacienda
Una vez estamos dados de alta en la Seguridad Social tendremos que pasar por Hacienda y cumplimentar el modelo 036 o 037 que corresponden a la declaración censal, la información a rellenar es muy similar a la que hemos introducido en el paso anterior (datos de contacto, domicilio, actividad a la que te vas a dedicar, seleccionar el epígrafe de IAE correspondiente, …)
¿Presentar modelo 036 o 037?
Ambos modelos sirven para darse de alta como autónomo, sin embargo, el modelo 036 es más completo y cubre todos los casos y circunstancias de alta, mientras que el modelo 037 es una versión simplificada con características especiales como por ejemplo que en la actividad no se realicen ninguna de las adquisiciones intracomunitarias de bienes no sujetas al IVA.
Si dudas entre cuál escoger te aconsejamos el modelo 036, aunque siempre es recomendable que un asesor revise tu situación.
Ten en cuenta que cualquier modificación de tu actividad como un cambio de domicilio o emprender una nueva actividad deberá verse reflejada en esta declaración censal. Puedes realizar el trámite y/o aplicar modificaciones en este enlace a la Agencia Tributaria.
3. Otros trámites para darse de alta como autónomo
Según tu situación es posible que necesites licencia de apertura, si vas a abrir un local y licencia de obras, si necesitas hacer reformas en éste. Si es tu caso en particular, estos trámites debes realizarlos en el Ayuntamiento de tu localidad.
Una vez llegados a este punto ya serás autónomo y podrás comenzar con tu actividad con total normalidad.
¿Cuál es la cuota mensual de autónomos?
Debes saber que, si te das de alta en autónomos por primera vez, el primer año tendrás una cuota reducida, la cual, te permite abonar 60€ mensuales, en vez de los 293,94 €. A continuación, te damos una tabla resumen para que veas cuál será tu cuota mensual tomando la cotización base mínima a la Seguridad Social.
Tramo 1 | primeros 12 meses | 60 euros |
Tramo 2 | meses 13 a 18 | 60 euros |
Tramo 3 | meses 19 a 24 | 200,30 euros |
Tramo 4 | meses 25 a 36 | 200,30 euros |
El tramo 4 está disponible para nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años.
Si quieres que nos ocupemos de realizar estos trámites por ti contacta con nosotros