Aprende todo sobre la Ley de Startups

Todo lo que debes saber sobre la nueva ley de Startups

España ha adoptado importantes cambios en los impuestos de sociedades y de personas físicas que fomentan la inversión extranjera y la circulación de talento profesional cualificado.

El 23 de diciembre ha entrado en vigor según el Boletín Oficial del Estado la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. El objeto de la Ley de Startups es el establecimiento de un marco normativo específico para apoyar la creación y el crecimiento de empresas emergentes en España.

Para poder acogerse a los beneficios de la Ley es necesario obtener la certificación de empresa emergente otorgada en un plazo máximo de tres meses por la empresa pública Empresa Nacional de Innovación(ENISA), previendo el silencio positivo transcurrido el referido plazo, es decir que si no recibes contestación en ese período de tiempo, la resolución quedará resuelta a tu favor. Para ello ENISA comprobará que concurren los requisitos establecidos en el artículo 3 de la ley, para este tipo de empresas.

La ley prevé la creación de estas empresas en lo que denomina «un solo paso» mediante el otorgamiento de un número de identificación fiscal, de forma que la startup cumplirá con los requisitos para su válida constitución con posterioridad. Sin embargo, para beneficiarse de las medidas previstas en la ley es necesario que la sociedad o cooperativa esté válidamente inscrita (artículo 5). 

1- Principales novedades de la Ley de Startups 2023

La Ley Startup modifica disposiciones relevantes de las principales leyes tributarias españolas: 

  • La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 
  • La Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, 
  • La Ley del Impuesto sobre el Patrimonio y 
  • La Ley del Impuesto sobre Sociedades, 

Ahora bien, entre las disposiciones relevantes de estas principales leyes tributarias españolas, destacamos las siguientes:

  • Dar una definición de Startup para acceder a diferentes beneficios fiscales y societarios. Con carácter general, deberán considerarse como tales las empresas innovadoras de hasta 5 años de antigüedad, que facturen hasta 5 millones de euros y que no repartan dividendos.
  • Establecer reducciones fiscales para las «Stock Options», tributando sólo cuando sus titulares las vendan y no cada año que permanezcan bajo su titularidad. Además, los primeros 50.000 euros estarán exentos de tributación. Esto animará a más empresas a remunerar a sus empleados con capital social con el objetivo de retenerlos en la empresa al menos hasta que llegue al final de su fase inicial o de crecimiento.
  • Establecer un régimen fiscal para expatriados más competitivo en relación con otros Estados de la UE, que atraiga el talento extranjero y el retorno de los expatriados españoles y sus familias. Esto se conseguirá mediante la posibilidad de que estas personas tributen al 24% del IRPF durante el primer año de aplicación y los 5 años adicionales, y que su base imponible esté constituida únicamente por su patrimonio en España, frente al régimen normal, en el que tributa el patrimonio global del sujeto pasivo.
  • Introducción de deducciones fiscales para las personas físicas que inviertan en Startups. En concreto, se incrementan los mínimos exentos y las deducciones por inversión en Startups establecidos anteriormente. Así, la exención aplicable pasa de 60.000 euros a 100.000 euros y la deducción del 30% al 50%.
  • Establecer un régimen de extranjería aplicable a los llamados nómadas digitales, que podrán trabajar a distancia desde España para empresas extranjeras durante un periodo de 3 años.
  • Permitir que los estudiantes extracomunitarios que vengan a realizar sus estudios universitarios en España puedan permanecer con residencia laboral en España durante los 2 años siguientes a la finalización de sus estudios.
  • Mejorar el tratamiento fiscal del carry interest, que permite remunerar a los gestores de fondos de capital riesgo por la obtención de determinadas escalas de beneficios para los inversores del fondo de inversión. En concreto, la mejora establece que, cuando cumplan determinados requisitos, podrán considerarse rendimientos del trabajo, integrándose en la base imponible el 50% de su importe.

2- Régimen fiscal especial ("RET") aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español (Ley Beckham)

Con la modificación del artículo 93 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se introducen importantes cambios para quienes se acojan al régimen fiscal especial, entre los que destacan los siguientes:

  1. Disminución de 10 a 5 años del número de períodos impositivos anteriores al desplazamiento a territorio español durante los cuales el contribuyente puede no haber sido residente fiscal en España.
  2. Se amplía el ámbito de tributación como no residentes a:
    • Teletrabajadores: desplazados por su empleador para trabajar «exclusivamente con medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación».
    • Administradores de sociedades, con independencia de su porcentaje de participación en el capital social de la sociedad. Sólo se mantiene la limitación del porcentaje de participación (inferior al 25%) para el administrador de una sociedad de capital.
    • Como consecuencia de una actividad empresarial de acuerdo con la Ley 14/2013.
    • Para profesionales altamente cualificados que presten servicios a empresas de nueva creación (definidas en la Ley 28/2022), o realicen actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación, percibiendo en ambos casos retribuciones superiores al 40% por rendimientos del trabajo, profesionales o empresariales.
  3. Excepción a la limitación de no obtener rentas mediante establecimiento permanente para los dos últimos apartados del punto anterior: un teletrabajador no puede aplicar la Ley Beckham como profesional independiente o autónomo.
  4. Ampliación del régimen especial para familiares: cónyuge o progenitor de hijos e hijos menores de 25 años.
  5. Aplicación de la exención de rentas en especie establecida en la Ley del IRPF: hasta ahora, el RET no permitía ningún tipo de exención o deducción en la declaración anual del IRPF.

¿Cómo afecta la Ley de Startup a la renta?

Como todos sabemos, antes de esta nueva modificación, todos los rendimientos del trabajo se entienden obtenidos en España y por tanto tributan al tipo único del 24%, aunque los rendimientos no se obtengan materialmente en España.

No ocurre lo mismo con otras rentas: por ejemplo, si una ganancia patrimonial se obtiene fuera de España, no tributa en España. Este ejemplo ilustra la principal ventaja para quienes opten por el RET.

Sin embargo, con la nueva ley, también tributarán todos los rendimientos de actividades económicas calificadas como actividad empresarial, incluidos los obtenidos fuera de España, con lo que se añade un nuevo tipo.

Sin duda la perspectiva fiscal de las empresas en España está cambiando a un ritmo muy rápido. Cada vez existen más factores a tener en cuenta si los emprendedores quieren aprovechar todas las ventajas que les ofrece esta nueva ley.

En este aspecto las asesorías fiscales especializadas en emprendedores y empresas de rápido crecimiento, somos la clave para que el sistema tributario no sea un impedimento para crecer y escalar tu negocio.

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